Ley de Utilidad Pública (Ley 2292 de 2023)
La Ley 2292 de 2023, conocida como Ley de Utilidad
Pública, es una norma colombiana que permite a ciertas mujeres cabeza
de familia condenadas por delitos menores reemplazar su pena de prisión por trabajo
comunitario en libertad.
Esto significa que, en lugar de estar encerradas en la cárcel, pueden
cumplir su sanción realizando labores útiles para la sociedad, mientras
continúan cuidando de sus hijos y sosteniendo su hogar. La medida reconoce que,
en muchos casos, estas mujeres no son delincuentes peligrosas, sino madres que,
impulsadas por la pobreza, cometieron delitos para sobrevivir.
El espíritu de esta ley es permitirles resarcir el daño social
causado, sin destruir a sus familias. Es una apuesta por la justicia
restaurativa y humanitaria, donde todos ganan: la comunidad recibe el
trabajo, las mujeres tienen una segunda oportunidad, y los hijos no quedan
abandonados.
¿Quiénes se benefician?
La ley está dirigida específicamente a mujeres cabeza de familia,
es decir, aquellas que son el pilar principal económico y afectivo del hogar.
Pero no todas califican automáticamente: deben cumplirse ciertos requisitos.
Delitos cubiertos: aplica a condenadas por delitos no
violentos, como hurto (robo) o microtráfico (tráfico de drogas en pequeñas
cantidades), siempre que la pena no supere los ocho años de
prisión. También cubre casos de concierto para delinquir cuando esté
relacionado con estos delitos.
Contexto de marginalidad: debe demostrarse que el delito
fue cometido por necesidad, en condiciones de pobreza o exclusión social, no
por codicia ni por actividad delictiva profesional.
No tener antecedentes recientes graves: si la mujer fue
condenada por otro delito doloso en los últimos cinco años, no puede acceder al
beneficio. Sin embargo, hay excepciones si esos antecedentes fueron por delitos
menores o culposos.
No haber cometido delitos excluidos: la ley no aplica para
condenadas por violencia intrafamiliar ni cuando se ha usado a menores para
delinquir.
Aceptar voluntariamente: la beneficiaria debe manifestar su
deseo de acogerse a esta medida sustitutiva; no es automática ni obligatoria.
¿Cómo funciona el trabajo comunitario?
El trabajo comunitario consiste en actividades no remuneradas
en favor de la comunidad, realizadas en coordinación con entidades públicas,
ONGS u otras organizaciones.
Algunos ejemplos son:
·
Recuperación y limpieza de parques, calles o
espacios públicos.
·
Apoyo a víctimas del delito (cuando las víctimas
lo acepten).
·
Participación en campañas culturales,
ambientales, educativas o sociales.
La clave es que estas actividades tengan impacto social y
contribuyan a reconstruir el tejido comunitario, reparando, en parte, el daño
causado.
¿Cómo se calcula el tiempo?
La ley establece que cada semana de cárcel equivale a 5 horas de
trabajo comunitario. Por ejemplo:
·
Una condena de 1 año (52 semanas)
→ 260 horas de servicio.
·
Una condena de 3 años (156 semanas)
→ 780 horas de servicio.
Las jornadas no deben superar 8 horas diarias, ni exceder
las 20 horas semanales, para que no interfieran con las
responsabilidades familiares ni laborales de la mujer. Esto garantiza que pueda
seguir trabajando en un empleo formal (si tiene) y cumplir sus deberes como
madre.
¿Cómo se implementa el sistema?
El juez de conocimiento puede otorgar el beneficio directamente en la
sentencia, o el juez de ejecución de penas puede concederlo después, incluso si
la mujer ya está en prisión.
Una vez otorgado, la mujer firma un plan de servicios comunitarios,
donde se detallan:
·
Qué actividades realizará.
·
En qué entidad y lugar.
·
Cuáles serán los horarios semanales.
El Sistema de Información de Utilidad Pública (SIUP),
creado por el Ministerio de Justicia, registra las plazas disponibles en todo
el país. Allí se inscriben alcaldías, entidades públicas, fundaciones y
organizaciones dispuestas a recibir beneficiarias para trabajos comunitarios.
Durante la ejecución, la entidad donde la mujer presta el servicio debe
reportar mensualmente al juez su avance. Si la mujer cumple bien todas
las horas y condiciones, la pena se considera saldada. Pero si incumple
sin justificación, el beneficio puede ser revocado y deberá volver a prisión
para terminar su condena.
La primera beneficiaria
En 2023, un juzgado de Ibagué aplicó por primera vez esta ley a una madre de
tres hijos, condenada por hurto calificado. La mujer, de bajos recursos,
enfrentaba una pena de 39 meses de prisión, pero gracias a la Ley de Utilidad
Pública pudo sustituir la cárcel por un plan de trabajo comunitario, realizando
labores en huertas urbanas y proyectos ambientales.
Este caso marcó un hito en Colombia, mostrando cómo esta ley puede evitar
que los hijos queden desamparados y permitir a las mujeres reconstruir sus
vidas de manera digna.
La Ley de Utilidad Pública representa un avance importante en la política
penal colombiana con enfoque de género. Reconoce que, en muchos casos, castigar
con cárcel a mujeres cabeza de familia solo perpetúa la pobreza y rompe
familias, generando más problemas sociales.
Ofreciendo un mecanismo para cumplir la pena mediante trabajo comunitario,
la ley apuesta por la resocialización, la reparación simbólica y el
fortalecimiento de los hogares. Es una segunda oportunidad que beneficia no
solo a las mujeres condenadas, sino también a sus hijos, sus comunidades y, en
último término, a toda la sociedad.
La Ley 2292 de 2023, conocida como Ley de Utilidad Pública, es una norma colombiana que permite a ciertas mujeres cabeza de familia condenadas por delitos menores reemplazar su pena de prisión por trabajo comunitario en libertad.
Esto significa que, en lugar de estar encerradas en la cárcel, pueden
cumplir su sanción realizando labores útiles para la sociedad, mientras
continúan cuidando de sus hijos y sosteniendo su hogar. La medida reconoce que,
en muchos casos, estas mujeres no son delincuentes peligrosas, sino madres que,
impulsadas por la pobreza, cometieron delitos para sobrevivir.
El espíritu de esta ley es permitirles resarcir el daño social
causado, sin destruir a sus familias. Es una apuesta por la justicia
restaurativa y humanitaria, donde todos ganan: la comunidad recibe el
trabajo, las mujeres tienen una segunda oportunidad, y los hijos no quedan
abandonados.
¿Quiénes se benefician?
La ley está dirigida específicamente a mujeres cabeza de familia,
es decir, aquellas que son el pilar principal económico y afectivo del hogar.
Pero no todas califican automáticamente: deben cumplirse ciertos requisitos.
Delitos cubiertos: aplica a condenadas por delitos no
violentos, como hurto (robo) o microtráfico (tráfico de drogas en pequeñas
cantidades), siempre que la pena no supere los ocho años de
prisión. También cubre casos de concierto para delinquir cuando esté
relacionado con estos delitos.
Contexto de marginalidad: debe demostrarse que el delito
fue cometido por necesidad, en condiciones de pobreza o exclusión social, no
por codicia ni por actividad delictiva profesional.
No tener antecedentes recientes graves: si la mujer fue
condenada por otro delito doloso en los últimos cinco años, no puede acceder al
beneficio. Sin embargo, hay excepciones si esos antecedentes fueron por delitos
menores o culposos.
No haber cometido delitos excluidos: la ley no aplica para
condenadas por violencia intrafamiliar ni cuando se ha usado a menores para
delinquir.
Aceptar voluntariamente: la beneficiaria debe manifestar su
deseo de acogerse a esta medida sustitutiva; no es automática ni obligatoria.
¿Cómo funciona el trabajo comunitario?
El trabajo comunitario consiste en actividades no remuneradas
en favor de la comunidad, realizadas en coordinación con entidades públicas,
ONGS u otras organizaciones.
Algunos ejemplos son:
·
Recuperación y limpieza de parques, calles o
espacios públicos.
·
Apoyo a víctimas del delito (cuando las víctimas
lo acepten).
·
Participación en campañas culturales,
ambientales, educativas o sociales.
La clave es que estas actividades tengan impacto social y
contribuyan a reconstruir el tejido comunitario, reparando, en parte, el daño
causado.
¿Cómo se calcula el tiempo?
La ley establece que cada semana de cárcel equivale a 5 horas de
trabajo comunitario. Por ejemplo:
·
Una condena de 1 año (52 semanas)
→ 260 horas de servicio.
·
Una condena de 3 años (156 semanas)
→ 780 horas de servicio.
Las jornadas no deben superar 8 horas diarias, ni exceder
las 20 horas semanales, para que no interfieran con las
responsabilidades familiares ni laborales de la mujer. Esto garantiza que pueda
seguir trabajando en un empleo formal (si tiene) y cumplir sus deberes como
madre.
¿Cómo se implementa el sistema?
El juez de conocimiento puede otorgar el beneficio directamente en la
sentencia, o el juez de ejecución de penas puede concederlo después, incluso si
la mujer ya está en prisión.
Una vez otorgado, la mujer firma un plan de servicios comunitarios,
donde se detallan:
·
Qué actividades realizará.
·
En qué entidad y lugar.
·
Cuáles serán los horarios semanales.
El Sistema de Información de Utilidad Pública (SIUP),
creado por el Ministerio de Justicia, registra las plazas disponibles en todo
el país. Allí se inscriben alcaldías, entidades públicas, fundaciones y
organizaciones dispuestas a recibir beneficiarias para trabajos comunitarios.
Durante la ejecución, la entidad donde la mujer presta el servicio debe
reportar mensualmente al juez su avance. Si la mujer cumple bien todas
las horas y condiciones, la pena se considera saldada. Pero si incumple
sin justificación, el beneficio puede ser revocado y deberá volver a prisión
para terminar su condena.
La primera beneficiaria
En 2023, un juzgado de Ibagué aplicó por primera vez esta ley a una madre de
tres hijos, condenada por hurto calificado. La mujer, de bajos recursos,
enfrentaba una pena de 39 meses de prisión, pero gracias a la Ley de Utilidad
Pública pudo sustituir la cárcel por un plan de trabajo comunitario, realizando
labores en huertas urbanas y proyectos ambientales.
Este caso marcó un hito en Colombia, mostrando cómo esta ley puede evitar que los hijos queden desamparados y permitir a las mujeres reconstruir sus vidas de manera digna.
La Ley de Utilidad Pública representa un avance importante en la política penal colombiana con enfoque de género. Reconoce que, en muchos casos, castigar con cárcel a mujeres cabeza de familia solo perpetúa la pobreza y rompe familias, generando más problemas sociales.
Ofreciendo un mecanismo para cumplir la pena mediante trabajo comunitario,
la ley apuesta por la resocialización, la reparación simbólica y el
fortalecimiento de los hogares. Es una segunda oportunidad que beneficia no
solo a las mujeres condenadas, sino también a sus hijos, sus comunidades y, en
último término, a toda la sociedad.